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sábado, abril 4, 2026

El Proyecto “MAHA” y su influencia en las normas de la FDA

En los últimos meses, la Administración de Alimentos y Medicamentos de Estados Unidos –FDA por sus siglas en inglés, ha implementado cambios importantes relacionados en las leyes que rigen a la industria de los alimentos, situación que refleja no solamente el dinamismo que mantienen las normativas no arancelarias, sino también el compromiso de la Agencia por salvaguardar a los consumidores, ofreciendo opciones alimentarias más saludables. 

Por María Inés Valle
(Analista Admisibilidades y Normas Técnicas AGEXPORT)

Esto como parte del proyecto “Make America Healthy Again”- MAHA, implementado por la administración del Presidente Donald Trump y Robert F. Kennedy Jr., Secretario de Salud y Servicios Humanos – HHS, cuyo enfoque es mejorar la salud de los estadounidenses al reevaluar no solamente la calidad de los alimentos procesados, sino también ciertos medicamentos y pesticidas. 

Además, como parte de MAHA, el reporte realizado por la Comisión a cargo del asunto expuso el vínculo entre una dieta constituida por alimentos procesados y su relación directa con enfermedades crónicas. De acuerdo con cifras de los U.S. Centers for Disease Control and Prevention – CDC, en el año 2023, todos los estados y territorios de E.E.U.U. tuvieron una prevalencia de obesidad superior al 20% (más de 1 de cada 5 adultos). En general, observando el país por regiones: el Medio Oeste y el Sur representaron la cifra con más alta de obesidad, seguidos por el Oeste y el Noreste. 

Por lo cual, a raíz de tal escenario, se han propuesto reformas principalmente a nivel federal, pero que también han causado interés en determinados estados por generar cambios significativos.

Los impactos de esta transformación requieren de la responsabilidad de los actores involucrados en la industria alimentaria, que van desde los proveedores de insumos (ingredientes), fabricantes, empacadores, e, incluso, los importadores, cuya responsabilidad es compartida en beneficio de garantizar el cumplimiento.

Ejemplo de lo mencionado, a nivel federal: 

Es decisión de la Agencia  el revocar la autorización del colorante sintético Rojo No. 3 (FD&C Red No. 3″, “FD&C Red 3″, “Red 3 o “eritrosina”) por su posible relación con cáncer en humanos. Este aditivo es muy común en la composición de alimentos como: dulces, pasteles, cereales, helados, bebidas, así como medicamentos ingeridos.

Los anteriores presentes en la oferta exportable guatemalteca. Los estudios realizados en animales en los años ochenta descubrieron una relación entre altas dosis de Rojo 3 y el desarrollo de tumores en ratas macho, provocando que la FDA prohibiera, en 1990, su uso en cosméticos.

Pese a ello, el aditivo permaneció en la industria alimentaria, generando descontento por parte de sus opositores. De acuerdo con la revista digital Newsweek, una petición del 2022 del Center for Science in the Public Interest (CSPI) y otras organizaciones revivió la solicitud de su restricción. Por lo que esta barrera impactará a nivel nacional e internacional, ya que a partir de enero del 2027 se deberán reformular los alimentos que sean necesarios, previo a circularlos en el mercado estadounidense. Mientras que los fabricantes de medicamentos bebibles tendrán hasta enero del 2028 para removerlo.  

Pese a que no existe evidencia concluyente que relacione el colorante con el cáncer en humanos, sus posibles riesgos han llevado a prohibiciones o restricciones en países/bloques regionales como la Unión Europea, Australia y Japón.

Como alternativa a la eliminación gradual de los colorantes derivados del petróleo, una de las recientes decisiones de la FDA es permitir que la industria utilice tres aditivos naturales: extracto azul de Galdieria, extracto de flor de guisante mariposa (Butterfly pea flower) y el fosfato de calcio. No existe aún una propuesta de normativa que obligue el uso de estos, sino más bien resulta en una decisión voluntaria por parte de las empresas que así lo requieran.

A mediano plazo, se estima iniciará el proceso para derogar la autorización del Rojo Citrus No. 2 y el Naranja B.  En tanto que, dentro del marco voluntario, la FDA está trabajando en conjunto con la industria alimentaria para eliminar otros seis colorantes sintéticos: FD&C Green No. 3, FD&C Red No. 40, FD&C Yellow No. 5, FD&C Yellow No. 6, FD&C Blue No. 1 y FD&C Blue No. 2. Todos estos, como plan oficial, para desaparecer de forma progresiva no más allá de finales del año 2026.

Por otro lado, la Agencia revisó su normativa y concretó que el coco quedará fuera del listado de alérgenos alimentarios obligatorios de declararse en el etiquetado, ingrediente que, en determinado momento, se clasificaba como tal debido a su incidencia en las reacciones de hipersensibilidad en algunos consumidores.

Fue en el año 2019 cuando la Coconut Coalition of the Americas (CCA) promovió el “CCA Coconut Allergen Project”, el cual consistía en una petición ante la FDA para desvincular al coco de la lista de nueces que pueden provocar reacciones adversas. Rebatieron la idea que la clasificación previa era incorrecta, ya que este no es un fruto seco de árbol.

Por ello las nuevas investigaciones concluyen que las reacciones son escasas; por lo que no será necesario declarar una alerta en las etiquetas de los alimentos con este ingrediente. La Ley Federal de Alimentos, Medicamentos y Cosméticos – FD&C requiere que los alimentos procesados, presentados en envases/empaques individuales, declaren los alérgenos principales. Los requisitos se incluyen la Ley de Etiquetado de Alérgenos Alimentarios y Protección al Consumidor de 2004 (FALCPA) y la Ley FASTER de 2021.

A nivel estatal, West Virginia aprobó la Ley HB 2354, misma que a partir del 1 de enero del 2028 catalogará como “adulterado” un alimento que incluya siete aditivos como Rojo 3, Rojo 40, Amarillo 5, Amarillo 6, Azul 1, Azul 2 and Verde 3.

Luego de repasar lo anterior, es evidente que las reformas a las normativas de la FDA demuestran el enfoque a mantener y cuidar la salud de las personas, respondiendo tanto a estudios científicos, como a casos reales de consumidores. Basados en datos oficiales, cerca del 70% de las calorías consumidas en E.E.U.U. por los niños se integra por alimentos ultra procesados, altos en azúcar, aditivos químicos y grasas saturadas. Estos cambios representan oportunidades, aunque también desafíos. ¿Cómo pueden accionar las empresas guatemaltecas?

  • Conocer las fechas en las que entrarán en vigencias cada una de las obligaciones para evitar que sus exportaciones se vean afectadas al momento de ingresar a Estados Unidos, generando detenciones con posibilidades de generar acciones de reexportación a origen o bien, destrucción total en destino.
  • En términos de alimentos procesados, adaptarse con acciones como la reformulación, eliminando así los colorantes artificiales penalizados.
  • Para las empresas que inician su exploración y sus primeras exportaciones a Estados Unidos, es determinante que se preparen con acciones que van desde:
  • El seguimiento constante de la actualización de normativas de la FDA: Esto, a través de la web oficial de la Agencia, capacitaciones organizadas por AGEXPORT, inclusive la suscripción a boletines.
  • Inversión en la contratación de expertos en la materia, como sucede en el caso de la Unidad de Inteligencia de Mercados de AGEXPORT, quienes le permitirán comprender detalladamente las leyes, prepararse, ejecutar las respectivas modificaciones en las formulaciones, etiquetados y registros de fábricas.  Todo esto, desde antes de exportar al mercado destino.
  • E inclusive asegurar que los actores de la cadena de suministro, sin dejar a un lado el proveedor de ingredientes, cumplan con las normas actualizadas y las alternativas que ofrezca el mercado.

 

 

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