La Corte de Constitucionalidad (CC) declaró sin lugar las inconstitucionalidad presentadas en contra del Reglamento que establece el trabajo de tiempo parcial. Por lo cual, la iniciativa puede seguir su curso.
Redacción Perspectiva
El pleno de la CC resolvió dejar sin lugar la acción presentada por varios sindicalistas en el 2019, que frenaba el Acuerdo Gubernativo 89-2019 que contiene el Reglamento del Convenio 175 de la OIT, que autoriza el trabajo de tiempo parcial.
En 2019, la CC presidida por la magistrada Gloria Porras decidió suspender de forma provisional el acuerdo y posteriormente solicitó una aclaración presentada por las partes.
Trabajo a tiempo parcial
El sector privado podrá contratar a una persona por jornadas inferiores a 6 horas de forma legal.
La medida permitirá a los trabajadores contratados tiempo parcial contar con los mismos beneficios y prestaciones que el trabajador de tiempo completo.


































