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miércoles, abril 9, 2025

Discusión de ley para fiscalizar a ONG´s depende de la CC

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Los abogados Rafael Maldonado y Francisco Quezada comentan el proyecto de ley que busca fiscalizar a las Organizaciones No Gubernamentales (ONG´s), suspendido por un amparo que otorgó la CC, calificado de ilegal por la Fundación Contra el Terrorismo.

Roxana Orantes Córdova

Rafael Maldonado es el abogado ambientalista que presentó una denuncia contra la ONG donde trabajaba, por malversación de fondos. Francisco Quezada, abogado con varias especializaciones relacionadas con economía y analista del Centro de Investigaciones Económicas Nacionales, exponen sus puntos de vista sobre la normativa que buscaba regular a las ONG´s, la cual quedó detenida por un amparo de la Corte de Constitucionalidad (CC).

Recientemente, la Fundación Contra el Terrorismo (FCT), presentó una solicitud para constituirse como tercero interesado en el amparo que impidió la entrada en vigencia de la normativa, además de interponer una denuncia penal contra los magistrados de la CC Gloria Porras y Mynor Par Usen, por «los delitos en que incurrieron al dar con lugar un amparo provisional que dejó en suspenso la ley de ONG, violando así la independencia de poderes del Estado», indicó en sus redes el presidente de la FCT, Ricardo Méndez Ruiz.

Para tener un panorama sobre el contexto y trasfondos de esta situación, conversamos con los dos abogados, quienes opinaron:

“Las ONG´s deben transparentar sus ingresos y ejecución de fodos”, dice Maldonado

Para Rafael Maldonado, “si el amparo no la llegado a sentencia, tienen derecho a pedir que sea revocado o confirmado”. En cuanto a la normativa para regular a las ONG´s, considera que:

“Es necesario reforzar los mecanismos de transparencia de las ONG´s. Solo pueden ser fiscalizadas por la Contraloría General de Cuentas las que reciben fondos del gobierno. Aunque el argumento para sostener esta situación es que “el donante fiscaliza”, debería haber mecanismos para fiscalizar a las ONG´s y fundaciones, entre ellas la FCT, que como fundación, seguramente recibe fondos para ejecutar alguna función social en apoyo de la población”.

Según Maldonado, una de las debilidades del proyecto detenido hace un año por el amparo provisional de la CC, es que no existen mecanismos para transparentar la información sobre los ingresos y ejecución de esas organizaciones.

“La Ley de ONG´s no fortalecía el rol de la Contraloría General de Cuentas (CGC) para fiscalizar a las organizaciones que reciben fondos del Estado. Lo hacen, pero pésimamente. Muchas de esas ONG´s y fundaciones son de diputados, quienes desde 2002, cuando se aprobó la primera normativa de esas organizaciones, vieron una oportunidad para obtener fondos del Estado. Un caso que ejemplifica esto es el de Manuel Baldizón, quien tenía varias ONG´s y manejaba millones”.

“Aunque la ley de la CGC establece la fiscalización a las organizaciones que reciban fondos del Estado, no hay obligación de auditar a las que reciben financiamiento de afuera, debido a que son fondos privados. Por ello, sería necesario, si no auditarlas, por lo menos establecer mecanismos de información pública para que estas organizaciones transparenten cuánto reciben, de quién y cómo lo ejecutan”, señaló.

“Ante un mal, vino otro peor”: Francisco Quezada

Se juntaron dos males. La tendencia de un grupo que quería ahogar a determinadas ONG´s por dedicarse a actividades que no les parecían, por ser ajenas al orden público, y la falta de transparencia en el manejo de fondos.

Sin embargo, ambas situaciones ya están reguladas en las leyes guatemaltecas, y “con ley o sin ley, ninguna organización puede hacer actividades al margen de la ley, mucho menos lavar dinero. Si lo hicieran, con lo que tenemos esa organización podría ser cerrada”.

“Existen muchos requisitos que una organización debe cumplir para garantizar que no está realizando actos fuera de la ley. Esos requisitos rigen para todos. Por ello considero que era una ley innecesaria”, explica Quezada.

Sin embargo, agrega, la Corte de Constitucionalidad, violando la constitución “se inventa la posibilidad de suspender la discusión legislativa. Ya lo había hecho por lo menos dos veces antes, pasando sobre la facultad legislativa del Congreso de la República, en la que nadie puede intervenir”.

Y la CC “lo hizo. Estuve de acuerdo con que la ley no fuera aprobada, pero mucho más grave fue prohibir al Congreso que legislara. Para eso fueron electos los diputados”.

Sobre lo que podría suceder, de cara a la nueva conformación de la CC, Quezada menciona:

“Lo que debe pasar, para gusto o disgusto de cualquiera, es que el Congreso debe retomar su papel en la discusión de esta ley y si al final la aprueban y tuviera inconstitucionalidades, entonces entraría la función de la CC, para determinar si procede impugnarla o no”, concluye.

 

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