Warning: session_start(): open(/var/cpanel/php/sessions/ea-php82/sess_32b87e7f15219ec30de0578af1075826, O_RDWR) failed: No such file or directory (2) in /home/perspect/public_html/wp-content/plugins/ap-plugin-scripteo/lib/functions.php on line 8

Warning: session_start(): Failed to read session data: files (path: /var/cpanel/php/sessions/ea-php82) in /home/perspect/public_html/wp-content/plugins/ap-plugin-scripteo/lib/functions.php on line 8
¿Lícito, anónimo o ilícito? El polémico financiamiento electoral
26.3 C
Guatemala City
domingo, marzo 16, 2025

¿Lícito, anónimo o ilícito? El polémico financiamiento electoral

Por Redacción

Financiar un partido no es un acto ilegal. Incluso el financiamiento anónimo es legítimo, cuando no proviene de fuentes criminales y es debidamente reportado por el partido que lo recibe, coinciden en afirmar diversos especialistas, quienes instan al Congreso a reformar el artículo que ha motivado confusión en este tema.


Uno de los temas del momento es el financiamiento electoral ilícito, que tiene en jaque al partido oficialista, debido a los señalamientos por ese delito en su contra.  Rodrigo Arenas, uno de los empresarios mencionados como financistas anónimos del FCN Nación, lideró el Movimiento Cívico Nacional (MCN), un movimiento que mostró amplio poder de convocatoria en dos protestas ciudadanas.


El MCN perdió protagonismo y su página no muestra actividad desde agosto de 2017, cuando investigaciones de la Comisión Internacional Contra la Impunidad en Guatemala (CICIG), vincularon a ese grupo con el caso Construcción y Corrupción.

Los allanamientos y el señalamiento de que Alejandro Sinibaldi habría entregado fondos a esa organización motivaron la renuncia de por lo menos cuatro directivos del MCN, cuyo líder, Rodrigo Arenas, fue ligado a proceso junto con José Andrés Botrán Briz, ex comisionado presidencial contra la desnutrición crónica.

Ambos están “sindicados de coordinar y ejecutar de manera anónima aportes y pagos al partido FCN-Nación durante la campaña electoral del 2015”, indica el comunicado de la CICIG del 3 de mayo, fecha de la audiencia, durante la cual, la juzgadora decidió otorgar medidas sustitutivas a ambos sindicados, quienes pagaron una caución económica y esperarán en libertad que inicie su proceso judicial.

El hecho motivó diferentes reacciones, que van desde rumores sobre la implantación del estado de sitio por parte de Jimmy Morales, quien tendría temor de que se cancele su partido, hasta intentos de manifestaciones para pedir la renuncia del mandatario con base en el presunto delito electoral cometido.

La realidad es que el delito está tipificado de una forma totalmente confusa y el artículo 407, literal N, del Código Penal, donde se habla de financiamiento electoral ilícito, no deja claro si quien otorga financiamiento anónimo comete o no comete delito.

El mencionado artículo es claro en cuanto a que el financiamiento ilícito es el proveniente del crimen organizado. A continuación, el texto legal señala que comete delito la organización que reciba contribuciones anónimas y no las registre en el libro contable.


En el debate de la Cámara Guatemalteca de Periodismo llamado Crimen organizado y aportes anónimos en torno al Delito de Financiamiento Electoral Ilícito, que se realizó el 8 de mayo, los expositores coincidieron en que existe poca claridad sobre el tema y afirmaron que, tal como está el texto, “crea confusión”.


Por otra parte, la comisión especial del Congreso que revisa este artículo, está a punto de enviarla al pleno para su discusión, asegura el presidente de dicha instancia, el legislador oficialista Rodolfo Castañón.

Opiniones de los expertos

En el evento de la gremial de periodistas participó un grupo de expertos que coincidió en señalar que el segundo párrafo del Artículo 407N del Código Penal, que se refiere al financiamiento electoral anónimo es preocupante.

La redacción de esta literal provoca confusión y “lejos de combatir la corrupción traería una serie de implicaciones legales a quienes están en su derecho de apoyar partidos políticos de su elección”, dice el comunicado de la Cámara Guatemalteca de Periodismo, donde se menciona también que según los ponentes en el foro, “no es lo mismo el financiamiento que proviene del narcotráfico y del crimen organizado que los aportes privados de empresas o personas particulares”.

Los ponentes también coincidieron en llamar al Congreso a que acate urgentemente la recomendación de la CC, porque por una parte, el país se enfrenta a un financiamiento ilícito que proviene del narcotráfico y crimen organizado, mientras por otra parte se corre el riesgo de sentencias injustas y desproporcionadas con el delito de financiamiento anónimo.

De 16 países latinoamericanos, el financiamiento anónimo de fuentes lícitas tiene penas administrativas, dijo uno de los especialistas en el referido foro. La reforma al artículo de la discordia es un hecho inminente, afirma el diputado Rodolfo Castañón, quien señala que de los 16 diputados que integran la comisión específica para esta reforma, ocho votaron a favor. Cinco razonaron su voto contrario y faltan tres votos, dice Castañón.

La Corte de Constitucionalidad (CC), dio un plazo al Congreso para que la literal N del artículo 407 sea reformada. El legislativo conformó una comisión especial, encabezada por el diputado oficialista Rodolfo Castañón, para realizar el cambio, con base en una propuesta elaborada por la Asociación de Investigación y Estudios Sociales (Asies), el Centro de Estudios de Guatemala (CEG) y la Fundación Myrna Mack.

El cambio está por realizarse, dice Castañón. Entretanto, los dos empresarios acusados con bases poco claras, esperan el juicio por financiar a un partido que no reportó sus donaciones anónimas.

 

 

Suscríbete a Nuestro Boletín

¡No te pierdas las noticias más relevantes y contenido exclusivo! 📲

Últimas Noticias

Noticias Recomendadas