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Importancia de la Ley de Protección para el cultivo de plátano y banano | PERSPECTIVA
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viernes, marzo 21, 2025

Importancia de la Ley de Protección para el cultivo de plátano y banano

Con relación al tema de riesgo para el cultivo de plátano y banano, ha sido importante el trabajo multisectorial que se ha coordinado a través de instituciones como el Organismo Internacional Regional de Sanidad Agropecuaria (OIRSA) y Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentación (MAGA).

Redacción Perspectiva

Producto de esta cooperación fue la aprobación por el Congreso de la República del Decreto Legislativo 7-2020 “Ley de Protección para el cultivo de plátano y banano en la República de Guatemala”.

El objetivo primordial de esta ley hace referencia a lo más importante a considerar en un Plan de Manejo Integrado de Plagas, la prevención. Y en este caso, la severidad debe ser mayor ya que ninguna enfermedad puede poner en riesgo uno de los cultivos más importantes en el país, que genera miles de empleos permanentes y que además es una fruta que conforma la canasta básica alimenticia de los guatemaltecos.

En esta ley se consolidan de forma muy general, principios técnicos y administrativos para la protección de las plantaciones actuales de plátano y banano, y la prevención de ingreso del hongo que causa la enfermedad de marchitez de las musáceas, así como las acciones de contención de la propagación del hongo si este llegara a ingresar al país.

La ley establece como institución responsable del cumplimiento de la protección de todas las plantaciones de plátano y banano en el país, al Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentación, quién deberá coordinar con diversas instituciones de gobierno y sectores productores la implementación, operación, monitoreo y cumplimiento de dicha ley. 

Hugo Molina Botrán, asesor agrícola, explicó “Parte de las responsabilidades de todos los guatemaltecos es acatar las recomendaciones contenidas en la ley y su reglamento, especialmente los productores de plátano y banano a nivel nacional, quienes deben cumplir con la elaboración y presentación del Protocolo de Bioseguridad al viceministerio de Sanidad Agropecuaria y Regulaciones o en las delegaciones departamentales de MAGA”.

 

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