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#No nos callarás ¿El #No te toca de Sandra Torres? | PERSPECTIVA
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miércoles, marzo 19, 2025

#No nos callarás ¿El #No te toca de Sandra Torres?

Aunque Sandra Torres desistió de las medidas legales contra los editores de un diario nacional, su imagen de autoritaria y capaz de llegar a la censura podría restar la escasa popularidad que tiene entre la población urbana, señala el analista Edgar Ortiz. Entretanto, el “hashtag” #No nos callarás, podría convertirse en un lema similar al #No te toca, dirigido a Manuel Baldizón en 2015.

Roxana Orantes Córdova

Ampararse en la Ley de Femicidio para impedir que un medio de comunicación escribiera cualquier cosa sobre su persona, en plena campaña electoral, fue un error político de Sandra Torres, han comentado varios emisores de opinión. Pero más erróneo si se puede, fue retractarse luego del rechazo generalizado que amenazó con montarle una campaña de antivoto como la de Baldizón a la candidata de la Unidad Nacional de la Esperanza (UNE).

Las dos gremiales de periodistas, Asociación de Periodistas de Guatemala (APG) y Cámara Guatemalteca de Periodismo (CGP), diferentes columnistas y analistas políticos, así como el relator Especial para la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), Edison Lanza, coincidieron en rechazar el amparo otorgado a Torres.

Según el relator, los candidatos deben someterse a la auditoría social, así como a las críticas. Además, dijo a los medios que la censura previa está prohibida en la Convención Americana sobre Derechos Humanos. En la legislación guatemalteca, el artículo 35 de la Constitución Política de la República garantiza la libertad de expresión.

El representante legal de la Fundación Libertad y Desarrollo, Edgar Ortiz, expresó que la actitud de Torres contra el medio que intentó censurar legalmente generó de forma inmediata un rechazo grande entre la población urbana, donde el “antivoto” contra Torres es elevado.

Según afirma Ortiz, la actitud de la candidata contribuyó a encender la mecha del rechazo entre el sector que no la favorece, aunque de forma similar a lo que sucedió en 2015 con la campaña “No te toca” contra Baldizón, el voto duro del candidato no fue afectado, como podría suceder con el de Torres.

Sin embargo, con su acción mostró su carácter autoritario. Fue una afrenta a la libertad de expresión y sin duda, retractarse fue una respuesta ante la oleada de comentarios adversos, el inicio de lo que podría convertirse en una campaña masiva en su contra y sobre todo, a la posición de la CIDH.

“En lo legal, existe jurisprudencia con el caso Canese vs. Paraguay, donde se determinó que los límites de la libertad de expresión son más amplios cuando se trata de funcionarios y políticos, con quienes el escrutinio público debe ser mayor”.

El mensaje de esta situación es claro: los políticos que participan en campaña deben ser más tolerantes y los jueces, no deben inmiscuirse en temas como la libertad de expresión, que no les competen, concluye Ortiz.

Mañana, la Corte de Constitucionalidad (CC), resolverá sobre la solicitud del Ministerio Público (MP), para que se le retire la inmunidad a la candidata, señalada de financiamiento electoral ilícito. De ser así, Torres quedaría fuera de la contienda, pero si se mantiene la inmunidad, entraría a competir con una debilidad: su acción la señaló como una figura autoritaria.

Un antecedente que garantiza la libertad de expresión en época electoral

Ricardo Canese fue candidato a la presidencia de Paraguay. En los medios de su país denunció presuntas vinculaciones de otro candidato, Juan Carlos Wasmosy, con el ex dictador Alfredo Stroessner en hechos de corrupción. Canese fue condenado por difamación y el proceso en su contra duró más de 10 años, durante los cuales se le impidió salir de su país.

Finalmente, luego de presentar su caso ante la CIDH, fue absuelto y se condenó al estado paraguayo por violar el derecho a la libertad de pensamiento y expresión. El referido tribunal enfatizó en que, “particularmente en contextos electorales, ese derecho debe garantizarse en el debate político. Es preciso que todos puedan cuestionar e indagar sobre la capacidad e idoneidad de los candidatos, así como disentir y confrontar sus propuestas, ideas y opiniones, de manera que los electores puedan formar su criterio para votar”, indicó la sentencia de la CIDH.

 

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