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Nuevas restricciones para comercios y áreas públicas | PERSPECTIVA
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jueves, marzo 20, 2025

Nuevas restricciones para comercios y áreas públicas

Durante los próximos 15 días, la mayoría de comercios deberán reducir el aforo en sus establecimientos al 25%, la medida es parte de las nuevas disposiciones presidenciales decretadas este viernes 15 de abril por el mandatario.

Redacción Perspectiva

El estado de Prevención decretado este viernes por el mandatario Alejandro Giammattei, establece que los mercados, centros comerciales, tiendas de conveniencia  y supermercados tendrán que reducir el aforo al 25% y con un horario permitido hasta las 20:00 horas.

De acuerdo con la experiencia vivida el año pasado, las medidas de prevención permitieron frenar la ola de contagios de COVID-19. Sin embargo, el impacto en la economía fue grave y según expresaron varias gremiales la recuperación requirió de enormes esfuerzos, lo que podría significar que Guatemala vuelva a pasar por una etapa de crisis económica motivada por las restricciones.

También, se limita el aforo en parques, centros de recreación, parques acuáticos, parques temáticos, así como ríos, lagos, playas entre otros espacios públicos.

Medidas vigentes en todo el territorio por 15 días:

  • Limitar celebración de todas las reuniones, manifestaciones y espectáculos públicos, o privados. Además limita las manifestaciones que afecten la libre locomoción o servicios públicos.
  • Autoriza disolver por la fuerza reuniones o manifestaciones que se hagan sin autorización o sin medidas sanitarias, si no se disuelven de forma voluntaria después de que la autoridad lo solicite.
  • Prohíbe la circulación o estacionamiento de vehículos en zonas que afecten la seguridad de las personas (sin especificar cuáles zona) y permite que las autoridades impidan la salida de poblaciones (sin limitar expresamente circulación entre departamentos) o que los sometan a registro y exijan a quienes viajan en el territorio nacional su itinerario de viaje.
  • Uso de mascarilla obligatorio en todos los lugares públicos y privados, bajo sanción penal y administrativa por su incumplimiento.
  • Distanciamiento social de 1.5 m entre personas, mínimo.
  • Reducir aforo en centros comerciales, supermercados, mercados, parques públicos, parques temáticos, playas entre otros espacios públicos.
  • Prohibición de consumo de alcohol desde las 18 hrs a las 6 hrs del día siguiente en cualquier establecimiento abierto al público (discos, restaurantes hoteles, supermercados, tiendas, etc), y en la vía pública. La comercialización y expendio está prohibido desde las 20 horas.
  • Autoriza al MSPAS a emitir medidas para controlar la epidemia de COVID 19.

Disposiciones para el Plan de Vacunación:

Obliga a todos los Ministerios a prestar asistencia al Ministerio de Salud para la logística necesaria para ejecutar el Plan de Vacunación.

Reitera el cumplimiento de medidas sanitarias, y exhorta a promover el teletrabajo en el sector público y privado.

 

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