Los magistrados de la Corte de Constitucionalidad (CC) emitieron una resolución unánime el 18 de mayo, denegando el amparo presentado por el partido Cabal contra la candidatura de Zury Ríos a la Presidencia de la República de Guatemala.
Redacción Perspectiva
La coalición Valor-Unionista postula a Zury Ríos como candidata, pero según Cabal, ella tiene una prohibición constitucional por ser hija de un expresidente de facto.
Con la decisión de la CC, se confirma de manera definitiva la participación de Zury Ríos en las elecciones generales de 2023, que se llevarán a cabo el próximo 25 de junio.
En febrero pasado, el partido Cabal presentó un amparo con el objetivo de revertir la resolución del Tribunal Supremo Electoral (TSE), que declaró sin lugar un recurso de nulidad en contra de la inscripción de Zury Ríos como candidata a la Presidencia.
Representantes de Cabal también interpusieron un amparo en la Corte Suprema de Justicia (CSJ) en contra de la resolución del TSE que declaró sin lugar el recurso de nulidad contra la inscripción de Zury Ríos como candidata a la Presidencia.
Cabal había presentado previamente un amparo en contra de los magistrados del TSE después de que negaran el recurso de nulidad interpuesto por el partido contra la candidatura de Ríos.
Los recursos de impugnación contra la participación de Ríos fueron presentados por los partidos Cabal y Winaq, así como por el abogado Miguel Ángel Álvarez Ramírez.
Los tres recursos buscaban anular la inscripción de Ríos, argumentando la prohibición establecida en el inciso c) del artículo 186 de la Constitución Política de la República de Guatemala, que prohíbe la participación como candidato a la Presidencia de los parientes (hasta el cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad) de caudillos o jefes de un golpe de Estado.