Luego que el Procurador General de la Nación y el Secretario General de la Presidencia presentaran una querella penal contra la Fiscal General, Consuelo Porras, argumentando un presunto incumplimiento de deberes, a través de Comunicación Social del Ministerio Público (MP), se conoció la postura de la jefa del ente investigador, aseverando que la solicitud del retiro de antejuicio, “adolece de sustento legal, es espuria y con un posible origen político con el fin de obstruir la justicia y obstaculizar la acción penal”.
Redacción Perspectiva
Agregan que, la decisión de la Fiscal General está debidamente fundamentada en lo que establece la ley, por lo cual, el Ministerio Público actuará de acuerdo a su mandato legal y constitucional.
“La Fiscal General como Jefe del Ministerio Público es la encargada de velar por el estricto cumplimiento de las leyes del país, en ese sentido, es y siempre ha sido la primera interesada en cumplir con la ley y que está se cumplan, sin excepción alguna”, señalan.
Asimismo, aseveran que, la Fiscal General ya fue clara al manifestar públicamente en varias ocasiones, que en cumplimiento al artículo 4 de la Ley Orgánica del Ministerio Público concurrió a Casa Presidencial atendiendo la invitación formulada, con la voluntad de entablar un diálogo constructivo en favor del pueblo de Guatemala.
El Procurador General de la Nación, Julio Saavedra, presentó la solicitud de retiro de antejuicio de la Fiscal General del @MPguatemala por incumplimiento de deberes. pic.twitter.com/1xkMKsab04
— Gobierno Guatemala (@GuatemalaGob) February 29, 2024
Sin embargo, el Presidente dio inicio a una reunión de Consejo de Ministros, y la propia Constitución Política de la República y la Ley del Organismo Ejecutivo, establecen claramente que el Consejo de Ministros no puede ser integrado por personas distintas a las que establece la ley.
En esa línea, refieren que la Fiscal General dejó constancia de la irregularidad legal, ya que el artículo 4 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, así como el artículo 18 de la Ley del Organismo Ejecutivo, únicamente regulan la obligación del Fiscal General de acudir a un gabinete específico, integrado por los ministros y para los fines que se establezcan en un Acuerdo Gubernativo que le dé vida, no obstante, en dicha reunión no había ningún acuerdo gubernativo para el efecto.
¿QUÉ SIGUE AHORA EN LOS TRIBUNALES?
El abogado constitucionalista y analista Edgar Ortiz, señaló en redes sociales que, esta situación ha llevado a una querella que, debido a la inmunidad de la Fiscal, será enviada a la Corte Suprema de Justicia en virtud de la Ley en Materia de Antejuicio.
Agregó que, la Corte Suprema de Justicia tendrá dos caminos: rechazar la querella in limine o enviar el antejuicio al Congreso. “Si lo envía al Congreso, primero se sortea una Comisión Pesquisidora que le tocaría recabar la evidencia y luego remitir un informe al pleno. Luego, para decidir sobre el retiro de inmunidad, necesitarían 107 votos en el Congreso”, explicó el profesional.




























