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Publican ley que establece la suspensión temporal de impuestos a los combustibles

La Ley de Exención Tributaria Temporal suspende el cobro del IVA e IDP a los combustibles hasta el 31 de diciembre de 2026 en Guatemala.

La Ley de Exención Tributaria Temporal suspende el cobro del IVA e IDP a los combustibles hasta el 31 de diciembre de 2026 en Guatemala.

En medio de persistentes variaciones en los costos internacionales de los hidrocarburos, fue publicada en el Diario Oficial la Ley de Exención Tributaria Temporal de Emergencia al Consumidor de Combustibles. Esta normativa exonera temporalmente el pago del Impuesto al Valor Agregado (IVA) y del Impuesto a la Distribución de Petróleo (IDP) para la gasolina superior, gasolina regular, diésel, gas oil y alcohol carburante.

Redacción Perspectiva

Aunque la medida busca aliviar la carga económica inmediata sobre los consumidores y los sectores productivos del país, expertos observan con cautela su impacto real a mediano plazo en la recaudación fiscal y en la contención efectiva de los precios finales.

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