Por Redacción Perspectiva
Este jueves 27 junio, se publicó en el Diario de Centroamérica el Convenio 175 de la Organización Internacional de Trabajo (OIT) que tiene como propósito regular las relaciones laborales de todo trabajador a tiempo parcial en Guatemala, que entrará en vigencia en los próximos ocho días, después de su publicación.
En dicha disposición acuerdan proteger los derechos de ambas partes de la relación laboral y respetar los principios de voluntariedad y proporcionalidad así como los principios de seguridad y certeza jurídica, realismo, equidad y de igualdad de remuneración a trabajo prestado en igualdad de condiciones.
Establece también que todo patrono puede contratar a su personal cumpliendo las disposiciones del Código de Trabajo y del Convenio relacionado, quienes gozarán de las protecciones, derechos y obligaciones mediante un contrato de trabajo.
El trabajador de tiempo parcial debe recibir su salario en base a una base horaria, que no podrá ser inferior al salario mínimo fijado por hora para cada año. También es permitido el traslado de un trabajador de tiempo completo a tiempo parcial o viceversa, siempre y cuando sea voluntario.