Hoy, la Corte de Constitucionalidad (CC) publicó en el diario oficial una resolución que suspende temporalmente el Acuerdo 22-2020 de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) en el cual se designa un Juzgado exclusivo para la atención de casos de corrupción cometidos por empleados y funcionarios públicos.
Redacción Perspectiva
La Corte de Constitucionalidad (CC) publicó en el diario oficial una resolución a favor de la acción de Inconstitucionalidad, presentada por la Asociación Colectivo de Investigaciones Sociales y Laborales (COISOLA) en contra del Acuerdo 22-2020 emitido por la Corte Suprema de Justicia.
El Acuerdo 22-2020 de la CSJ emitido el 3 de junio y publicado el 25 de junio en el diario oficial, tenía como objetivo designar al Juzgado Duodécimo de Primera Instancia Penal de Narcoactividad y Delitos contra el Ambiente encargado de conocer de forma exclusiva los casos de corrupción cometidos por empleados y funcionarios públicos.
Según la resolución emitida por la CC, la medida se basó en el artículo 138 de la Ley de Amparo, Exhibición Personal y de Constitucionalidad que establece que “deberá decretar, de oficio y sin formar artículo, dentro de los ocho días siguientes a la interposición, la suspensión provisional de la ley, reglamento o disposición de carácter general si, a su juicio, la inconstitucionalidad fuere notoria y susceptible de causar gravámenes irreparables”.
La CC informó que el Tribunal encargado de emitir la resolución estuvo integrado por el Magistrado Henry Philip Comte por ausencia temporal del Magistrado Neftaly Aldana Herrera.































