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viernes, mayo 1, 2026

Amparo de CC anula provisionalmente caso de CICIG-FECI

Dieter Gudiel, uno de los abogados que interpuso el recurso ante la Corte de Constitucionalidad (CC), explica que gracias al amparo provisional, la Corte Suprema de Justicia deberá reexaminar un recurso de casación. Entretanto, el también abogado y analista Adrián Zapata, considera que se trata de “un nuevo avance en la lucha contra la corrupción y la impunidad que impulsó la CICIG”.

Roxana Orantes Córdova

Dieter Gudiel, uno de los abogados que interpuso el recurso ante la Corte de Constitucionalidad (CC), explica que gracias al amparo provisional, la Corte Suprema de Justicia deberá reexaminar un recurso de casación. Entretanto, el también abogado y analista Adrián Zapata, considera que se trata de “un nuevo avance en la lucha contra la corrupción y la impunidad que impulsó la CICIG”.

Roxana Orantes Córdova

Hace exactamente un mes, el 13 de julio recién pasado, la CC otorgó un amparo provisional a un grupo de nueve personas señaladas en el caso Patrullas 2, de 2019:

  1. Oscar Haroldo García Quemé,
  2. José Augusto Alonzo Cantoral, Carlos Arnulfo Rodríguez Pérez,
  3. Olga Beatriz González Fuentes
  4. Byron Abelino Ambrocio Borrayo
  5. Francisco Manuel Baldizón Barquín,
  6. Sonia Elizabeth Prado Sierra
  7. Sandra Isabel Monterroso Herrera
  8. Rony Alfredo Monterroso Herrera, y
  9. Ricardo Enrique Flores Nájera.

Según el documento de la CC, la resolución fue tomada con base en el artículo 28 de la Ley de Amparo, Exhibición Personal y de Constitucionalidad, cuyo artículo 28 indica:

Artículo 28. AMPARO PROVISIONAL DE OFICIO. Deberá decretarse de oficio la suspensión provisional del acto, resolución o procedimiento reclamado, entre otros, en los casos siguientes:

c) Cuando la autoridad o entidad contra la que se interponga el amparo esté procediendo con notoria ilegalidad o falta de jurisdicción o competencia.

El amparo provisional señala: “Como consecuencia de la protección interina que se otorga: a) se deja en suspenso temporal la resolución de diez de noviembre de dos mil veinte, que dictó la Corte Suprema de Justicia, Cámara Penal, dentro de los expedientes de casación CC identificados como  1004-2019-2052, 1004- 2019-2073, 1004-2019- 2074 y 1004-2019-2075.

El presidente de la CC, Roberto Molina Barreto, dijo a Perspectiva: “es provisional, mientras se termina el proceso del amparo y se evitan los reenvíos”. Lo anterior, lo indica de la siguiente forma el documento de la CC:

“A efecto de detener interinamente la ejecución de todas las órdenes de reenvío dictadas en el proceso penal subyacente, mientras se resuelve en definitiva la presente acción constitucional”.

Cuando esto sucede, afirma el penalista Rolando Alvarado, se “anulan las actuaciones provisionalmente.  Desde el Tribunal de Sentencia hasta Casación”.

Adrián Zapata, consultado por Perspectiva, señaló: “es un nuevo avance en la reversión de la lucha contra la corrupción y la impunidad que impulsó la CICIG”. Y agregó:

“Teóricamente, casación no es una tercera instancia. Y técnicamente  obligar a conocer un recurso de casación no debería prejuzgar sobre la resolución que eventualmente se dicte. Pero sería muy ingenuo desconocer el contexto político prevaleciente, donde se están revirtiendo los avances logrados por la CICIG en la lucha contra la corrupción y la impunidad. La cooptación del poder judicial por parte de las redes político criminales, como las llamó CICIG, subyace en ese contexto de reversión”.

Por su parte, Dieter Gudiel, uno de los abogados que interpusieron el recurso ante la CC, explicó que:

“El amparo provisional obliga a la CSJ a que conozca el recurso de casación que había sido denegado y todo queda en suspenso hasta que haya una resolución definitiva. Suspende lo actuado por la Sala Segunda de Apelaciones y motiva que la CSJ conozca el recurso detalladamente”.

Aunque esta información tuvo un perfil muy bajo durante todo el mes, la relevancia del dato es que por primera vez, la CC otorga un amparo a un caso judicial investigado por la CICIG-FECI, lo que para algunos es el inicio de la despolitización de la justicia y para otros, el retroceso hacia la impunidad y el reinado de las mafias.

 

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