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viernes, febrero 27, 2026

Congreso aprueba Ley 5272: endurece penas por aborto

El Congreso de la República aprobó la iniciativa de Ley 5272 que endurece las penas por aborto y rechaza los matrimonios de personas del mismo sexo.

Redacción Perspectiva

El pleno del Congreso de la República aprobó la Ley para la Protección de la Vida y la Familia, la cual endurece la penaliza del aborto y prohíbe incluir en los programas educativos el tema de  ideología de género.

Este martes 8 de marzo,  se logró la aprobación en su tercer debate y redacción final de la Ley 5272. Con 101 votos a favor, 51 diputados ausentes y 8 votaron en contra, finalmente la iniciativa de Ley 5272 se convirtió en el Decreto 18-2022.

Ley 5272

De acuerdo con los legisladores que propusieron esta ley, el objetivo de la misma es proteger la vida, la familia y la institución del matrimonio entre los hombres y las mujeres.

Además, cierra la puerta a la posibilidad de incluir en los centros educativos el tema de  ideología de género. Otorgando a los padres el derecho de educar y orientar a sus hijos en el ámbito sexual.

“Se prohíbe a las entidades educativas públicas y privadas, promover en la niñez y adolescencia, políticas o programas relativos a la diversidad sexual y la ideología de género o enseñar como normales las conductas sexuales distintas a la heterosexualidad o que sean incompatibles con los aspectos biológicos y genéticos del ser humano”.

Asimismo, cierra la posibilidad de permitir los matrimonios entre personas del mismo sexo o igualitarios y reitera que la familia está conformada por el hombre y la mujer.

También detalla la definición de diversidad sexual, la familia nuclear y la familia ampliada.

Endurece penas contra el aborto

Uno de los puntos que género polémica en varios grupos sociales, fue el endurecimiento de las penas contra el aborto, tanto para la madre como para los profesionales de la salud que realicen este procedimiento ilegal.

«Artículo 139, Tentativa y aborto culposo. La tentativa de la mujer para causar su propio aborto y el aborto culposo propio, serán sancionados con prisión de 2 a 4 años», dice la Ley.

«El aborto culposo verificado por otra persona será sancionado con prisión de 2 a 4 años, siempre que tal persona tenga conocimiento previo del embarazo.»

 

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